42 Maraton Valencia Trinidad Alfonso 2022

IMPACTO ECONÓMICO DEL 42 MARATÓN VALENCIA TRINIDAD ALFONSO 2022 27 IMPACTO FISCAL DEL MARATÓN 3. Además de los impactos en términos de producción, renta y empleo hasta ahora estimados, la celebración de un evento deportivo con las características del MVTA conlleva también un aumento de la recaudación fiscal de las Administraciones Públicas. Los gastos de organización del maratón están sujetos a determinados impuestos, como IVA, IRPF de los profesionales contratados, pago de cotizaciones a la Seguridad Social de los empleos generados directamente, etc. En algunos casos, los impuestos son soportados directamente por la sociedad organizadora (por ejemplo, el IVA) y en otros se trata de impuestos recaudados por ella, pero soportados por terceros (IRPF en el caso de los pagos a profesionales, premios concedidos, etc.). Además de esta imposición directa, la renta generada de forma indirecta e inducida gracias al gasto ejecutado en la organización del maratón supone también un aumento de la cantidad de impuestos recaudados, tanto directos, por el mayor consumo de bienes y servicios, como indirectos, por la mayor actividad productiva. Por otro lado, el gasto en Valencia asociado a los participantes en el maratón y sus acompañantes también supone una mayor recaudación fiscal, pues lleva implícito el pago de impuestos como el IVA o los impuestos especiales, dependiendo del tipo de producto o servicio en que se materialice. Asimismo, este gasto también genera renta en la región, como se ha visto en los apartados precedentes, lo que a su vez va a tener efectos positivos sobre las arcas públicas. La estimación del impacto fiscal utiliza como base los impactos económicos calculados anteriormente en términos de renta (sueldos y salarios, beneficios) y producción (valor de las ventas). Cada transacción está sometida al IVA y, en algunos casos, a determinados impuestos especiales (alcohol, carburantes, energía, seguros, electricidad, etc.). Las rentas derivadas del trabajo, sea por cuenta propia o por cuenta ajena, quedarán sometidas al IRPF, por un lado, y generarán, por otro, cotizaciones a la Seguridad Social. Y las rentas empresariales generadas (beneficios) quedarán sometidas al Impuesto sobre Sociedades. Es importante advertir que los impactos fiscales que se estiman en este apartado son en el conjunto de las AA.PP. españolas, y no necesariamente en beneficio de las arcas públicas valencianas. Ello es así ya que las principales figuras tributarias se recaudan a nivel estatal, como es el caso del impuesto de sociedades o el IVA. Si bien en algunos casos hay tramos autonómicos (como en el IRPF), no es posible estimar por separado la parte de la recaudación cuyo destino es la economía valenciana.

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